Desearía comentarios de personas con conocimientos de ciencias de la salud para ver si alguien con esas enfermedades del listado cerrado puede llegar a cotizar los años exigidos por la SS. Y agradecería que la solidaridad de la que tanto se vanaglorian se extendiera a los discapacitados que trabajan por su cuenta. Si cotizamos con el 28,8 % (como la suma total de cotizaciones de empresario y trabajador), deberíamos tener derecho a las mismas condiciones que un trabajador por cuenta ajena, salvo que el objetivo no declarado de la Administración sea nuestra extinción como personas y como colectivo, algo que no descarto. así que nunca hablaré con nadie que predique la solidaridad para los vulnerables y nos considere, en cambio, explotadores enemigos de la clase obrera y otros clichés anticuados. De todas formas, ya he recibido opiniones de que desahogo mis carencias personales. así que lo dejo simplemente para que conste. será que tengo obligación de preocuparme por los problemas ajenos y no por los míos. estoy destinado al cubo de la basura, contenedor de materia orgánica, para que sea al menos ecológica
Jubilación anticipada por discapacidad de 45%
En 2023 , y mejoró, este tipo de jubilación anticipada por discapacidad, la destinada a los que ostentan un porcentaje del 45% o mayor. Los requisitos actuales para acceder a ella son:
15 años cotizados en total, o más.Cinco años cotizados con el 45% de discapacidad reconocido, entre el periodo total de cotización.Haber padecido, durante 15 años, la patología que dio lugar a la condición de discapacidad, o una de ellas -si convergen varias-.Aportar un informe médico que señale la fecha en que se inició, o manifestó, esa enfermedad o enfermedades.Y que figure o figuren en el listado de enfermedades para jubilación por discapacidad del 45 por ciento. (La lista se muestra a continuación).
Listado de enfermedades para jubilación anticipada por discapacidad de 45%
Discapacidad intelectualParálisis cerebralAnomalías genéticas:- Síndrome de Down
- Síndrome de Prader Willi
- Síndrome X frágil
- Osteogénesis imperfecta
- Acondroplasia
- Fibrosis Quística
- Enfermedad de Wilson
Trastornos del espectro autistaAnomalías congénitas secundarias a TalidomidaSecuelas de polio o síndrome postpolioDaño cerebral (adquirido):- Traumatismo craneoencefálico
- Secuelas de tumores del SNC, infecciones o intoxicaciones
Enfermedad mental:- Esquizofrenia
- Trastorno bipolar
Enfermedad neurológica:- Esclerosis lateral amiotrófica
- Esclerosis múltiple
- Leucodistrofias
- Síndrome de Tourette
- Lesión medular traumática
No es necesario que el 45% de discapacidad se deba solamente a una de estas afecciones, o a varias de ellas. Lo mínimo que se requiere es que una de las patologías del listado sea la causa de un tercio del porcentaje de discapacidad del 45%. Por tanto, no es impedimento que, incluso, el resto corresponda a otra dolencia no recogida en la lista. Jubilación anticipada por discapacidad del 65%
La normativa de jubilación para discapacitados incluye una segunda categoría que abarca a las personas con certificado de discapacidad del 65%, o un grado aún mayor.
Para obtenerla es indispensable haber cotizado 15 años a lo largo de la trayectoria laboral, pero no se exige que un cierto número de esos años se haya trabajado con el 65% de discapacidad reconocido. Tampoco se aplica la restricción de que la dolencia que generó la discapacidad esté reflejada en un listado, pudiendo tratarse de cualquier patología.
No obstante, los trabajadores autónomos tienen vetado el acceso a este formato de jubilación, que se reserva para el resto de regímenes de la Seguridad Social.